¿ Los despachos
en frontera para mercancías especificas que son de fácil reconocimiento, gran volumen e insumos para la industria determinados por los Decretos Supremos 2295, 2357 y
Resoluciones del Ministerio de Economía y Finanzas
Públicas, debido al efecto que han tenido para descongestionar los recintos aduaneros y lograr la pronta
recaudación aduanera, deberían ser ampliado incluyendo otras sub partidas ?
Aguardamos sus comentarios.